:::PIJI::: ' PROGRAMA INTELIGENCIA JURÍDICA INTERNACIONAL '
y... SPCO Sub-Programa Crímenes de Obediencia
PPCTC- Primer Programa Cultural de Toma de Conciencia
:::NSJI * NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA INTERNACIONAL:::
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ESTRUCTURA BÁSICA DEL PIJI-PROGRAMA de INTELIGENCIA JURÍDICA
INTERNACIONAL
· PDIC – PROGRAMA DE INTELIGENCIA CULTURAL
· MLG – LA MORAL COMO LEGADO GENERACIONAL
· LJDM - LA JURISPRUDENCIA DE LO MORAL
· NMJI - NUEVO MECANISMO DE JUSTICIA ITERNACIONAL
· IJP INTELIGENCIA JURÍDICA PRECISA
· UMNA UNIVERSIDAD MORAL DE LA NUEVA ARGENTINA
· IAMC INSTITUTO ARGENTINO DE MODIFICACIÓN CULTURAL
· NEV NUEVO ESTILO DE VIDA
· LOAG LA OTRA ALDEA GLOBAL
· CCC CAFÉS CONCERTS CULTURALES
· PPC PUNTO de PARTICIPACIÓN CIUDADANA
· GMP GOBIERNO DE LOS MIEDOS PERSONALES
· CSPV CONDUCIENDO SU PROPIA VIDA
· ENCG EL NUEVO CIUDADANO GLOBAL
· GE GENOCIDIO ECONÓMICO
· RE RESISTENCIA ÈTICA
· EO EXCESOS DE OBEDIENCIA
· OI ÒRDENES ILEGALES
· DNSC DISEÑO de una NUEVA SOCIEDAD CULTURAL
· DNSJ DISEÑO de una NUEVA SOCIEDAD JUSTA
· PFS PROTECCIÓN DE LA FRUSTRACIÓN SOCIAL
· EFPS ERRADICACIÓN de la FRUSTRACIÓN PERSONAL y SOCIAL
· REAI RESISTENCIA ÈTICA A LA AUTORIDAD INJUSTA
· DMDOI El DEBER MORAL de DESOBEDECER ÒRDENES INJUSTAS
· NNMO NUEVAS NORMAS MORALES de OBEDIENCIA
· PFRO PRECEDENCIA del FACTOR RELIGIOSO en la OBEDIENCIA
· OGNS OTRO GRUPO de NORMAS SOCIALES
· FBJO FUNDAMENTOS BÍBLICOS del JUDAÍSMO en la OBEDIENCIA
· CCFOD CONCEPCIÓN CRISTIANA como FACTOR de OBEDENCIA y de
DESOBEDIENCIA
· PMODS PRECEDENCIA de los MANADAMIENTOS para OBEDECER a DIOS SIEMPRE
· DHOI DESARRAIGAR el HÀBITO de la OBEDIENCIA INCONDICIONAL
· DODD El DEBER de OBEDECER y el DEBER de DESOBEDECER
· ICIS la IMPORTANCIA de CONSIDERAR la INFLUENCIA SOCIAL
· AFCO ANTROPOLOGÍA FILOSÓFICA de los CRÍMENES de OBEDIENCIA
· VISS El VÌNCULO entre el INDIVIDUO y el SISTEMA SOCIAL
· NGONM NUEVO GRUPO “OPCIONAL” de NORMAS MORALES
Es objeto de la presente, la radicación de la Propiedad Intelectual del
PIJI-PROGRAMA DE INTELIGENCIA JURÍDICA INTERNACIONAL
El que debe considerarse también como parte de UN NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA INTERNACIONAL, considerando y teniendo en cuenta toda la
Estructura madre de los sistemas de administración de justicia de cualquier paìs, desde los orígenes de la raza humana hasta la plenitud de los tiempos.
En este sentido, deben considerarse también como parte integrante de este
PIJI, toda la jurisprudencia argentina e internacional en materia de JUSTICIA.
El PIJI-PROGRAMA DE INTELIGENCIA JURíDICA INTERNACIONAL como bien lo señala su sola denominación, consiste en UN PROGRAMA COMPLETO de SABIDURÍA aplicado al intelecto humano para la implementación de todas y cada una de las acciones necesarias y suficientes que conduzcan directa, indirectamente y/o asociada a otras disciplinas un NUEVO ESTADO DE JUSTICIA.
Aunque hoy puedan NO CONSIDERARSE como parte del campo específico de la JUSTICIA , ya sea por naturaleza, interpretación, ignorancia ò negligencia explìcita y/o inducida de manera abierta ò encubierta, tendiendo entonces a la obtención de acciones, hechos, circunstancias, resoluciones,
Innovaciones, patentes y/o cualquier concepto que puesto en práctica dén como resultante UNA NUEVA y COMPLETA ADMINISTRACIÓN de JUSTICIA.
En cualquiera y todas sus formas, este NSJ-NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA incluye todos los mecanismos conocidos, alternativos y/o por crearse de asociación de conceptos y disciplinas, y que, sabiamente se proyecten en el intelecto humano a través del estado de conciencia y/o sentimientos, los que, aún sin parecerlo provengan de la asociación y/o interrelación sabia de ideas que conduzca al CONOCIMIENTO , hechos, circunstancias y/o disciplinas de cualquier tipo ú orígen y que siempre asociados y/o considerados como parte de todo lo conocido y existente a nivel mundial en materia de JUSTICIA, doctrina de justicia y todo lo concerniente a ella, tendrán como objetivo y/o resultante final el Bien, sin importar a quién ni dónde, con lo que queda siempre asociado al Bien Común.
Cuando aparece el Bien Común, estamos hablando de dos ó mas personas, lo que también implica el principio de una vinculación humana que puede ser el comienzo de una relación, como una sociedad de hecho, que puede tambièn conducir a la formación de un matrimonio. Entonces tenemos la BASE de una FAMILIA, que es la base de la SOCIEDAD.
Este PIJI-PROGRAMA de INTELIGENCIA JURÍDICA INTERNACIONAL concretamente tiene por objeto la creación de hechos, situaciones, circunstancias y o realidades que tendrán como objetivo la implementación de las acciones y/o gestiones de cualquier tipo y alcance para la generación de hechos, circunstancias, ó realidades que permitan hacer a la vez depuente entre la situación por la que se necesita ó demanda JUSTICIA y elHALLAZGO del Hecho Moral y de Bien pertinente, necesario y suficiente, tendiente a lograr los hechos, pruebas y/o circunstancias de todo tipo , alcance y Especie que nos permitan llegar a la SUFICIENTEADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA tanto en el País como en el extranjero, basado también en el delito tipificado como “ Crímenes de Obediencia “, en la Nueva Argentina del siglo XXI ó en el país que se cree dentro del territorio que al día de la fecha lleva por denominación REPÚBLICA ARGENTINA, como así también en todos y cada uno de los países del mundo en esta ALDEA GLOBAL y/o en cualquiera de las Regiones del Planeta, tal como lo conocemos hoy ó como quede conformado en el futuro inmediato ó mediato.
Cabe destacar, que , para todos los efectos de la presente radicación de Registro de la Propiedad Intelectual, debe considerarse el término y/o denominación de la palabra INTELIGENCIA como una simple denominación que NO TIENE LÍMITES, y que en ninguno de los casos debe interpretársela como lo conocido en Argentina y resto del mundo como “ servicios de inteligencia”, toda vez que estamos refiriéndonos a la INTELIGENCIA SOBRENATURAL proveniente de la Inspiración del Espíritu Santo de DIOS,
Que como parte de sus 7 dones sagrados ES INTELIGENCIA PERFECTA que
TODO lo VE y LO SABE. Y que para este efecto se pone al servicio del Hombre.
Aclarado suficientemente lo explicitado precedentemente, y a los efectos de perfeccionar y no abundar nuestra definición, estamos refiriéndonos, y, consecuentemente registrando como parte de la presente radicación de Registro y Programa a la esencia y consecuencia de todas y cada una de las ideas-fuerza que se originen, vinculen, desprendan, Y/O además sean necesarias como consecuencia de la Inspiración del Espíritu Santo, en el ser humano obviamente, es decir, de la LUZ de DIOS y que, como consecuencia de dicha OMNIPRESENCIA, el Espíritu de la misma genera y genere una Sabia acción de PENSAR INTELIGENTEMENTE, transmitiéndonos SU SABIDURÍA.
Consecuentemente, y mediante la Omnisciente e infinita y no limitativa inteligencia sobrenatural, el hombre (varón ó mujer) utilizará para la implementación de cualquiera de los componentes del presente Programa
Cualquiera de las formas de expresarse que transmite DIOS, iluminando así su intelecto a través de la razón, pudiendo tener siempre como válida la Escolástica, aplicando de ser así entonces la Sabiduría a, en y con los Misterios Sobrenaturales que nos brinda la FE religiosa, con todas las formas válidas, en todas las creencias y cultos sin excepción, de cara a la UNIÓN DE TODOS y para que se cumpla lo que la escritura reza :
San Juan Cap.17, 21 : A FIN DE QUE TODOS SEAN UNO, COMO TÚ, PADRE, EN MÍ Y YO EN TI, A FIN DE QUE TAMBIÉN ELLOS SEAN EN NOSOTROS, PARA QUE EL MUNDO CREA ES TÚ EL QUE ME ENVIASTE.
Sin duda alguna, uno de los pilares del Ecumenismo y diálogo interreligioso.
También, definido lo esencial, pasamos a describir lo principal, que es el conocimiento científico del PIJI-PROGRAMA INTELIGENCIA JURÍDICA INTERNACIONAL, con todo lo conocido, descubierto y por descubrirse, subordinado a la precedencia de la INTELIGENCIA descripta.
Este conocimiento humano, elaborado, construído y que procuramos RECONSTRUIR AHORA deberá estar ligado a LA SOCIEDAD UNIVERSAL DEL CONOCIMIENTO CIENTÍFICO con todo lo existente y elaborado por la Ciencia Humana para el BIEN, el PROGRESO Y EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE VIDA SOCIAL .
Dentro de éstos conceptos elementales, nos referimos con la presente construcción y radicación intelectual a la creación y construcción de UN PROGRAMA NUEVO de CARÁCTER CIENTÍFICO, que además incorpora estructuras sistémicas, sistemáticas, de cualquier índole y/o independientes tendientes a la estructuración de UN NUEVO SISTEMA SOCIAL CON JUSTICIA.
Donde lo MORAL debe estar presente siempre, para lo cual se instrumenta como parte de este Programa la MLG-MORAL COMO LEGADO GENERACIONAL del PIJI-PROGRAMA INTELIGENCIA JURÌDICA INTERNACIONAL, se incorpora como destacado el Sistema que sea necesario para la instumentación de una nueva administración moral de justicia por violación a los derechos humanos esenciales, personales y sociales, basado también en la tipificación de:
“ CRÍMENES DE OBEDIENCIA “
La Antropología Filosófica de los crímenes de obediencia
Se convierte en esencial para la correcta determinación
Y establecimiento legal de los límites entre la autoridad y la responsabilidad .
Considerándose un crímen de obediencia a todo acto ejecutado como respuesta a órdenes de cualquier autoridad, considerado por cualquier comunidad en general como ILEGAL ó INMORAL.
Son parte integrante de este PIJI-PROGRAMA de INTELIGENCIA JURÍDICA INTERNACIONAL la instrumentación de las acciones legales y morales que sean necesarias y suficientes implementar para la erradicación de medidas irrazonables, faltas de equidad, inhumanas, injustas e inconstitucionales que provengan de cualquier tipo de autoridad, pseudo-autoridad ó que ejerza la autoridad de manera inconciente, irresponsable, ilegítima, ó arrogándose una condición mesiánica delirante ó fantasiosa, y/o equivocada Por sí misma. Ó por inducción de terceros conocidos ó no.
También es considerado parte del presente PIJI-PROGRAMA de INTELIGENCIA JURÍDICA INTERNACIONAL , la implementación de todas y cada una de las medidas que sean necesarias y suficientes instrumentar para erradicar toda acción de INJUSTICIA que la propia “ ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA “ imponga INMORAL ó INDEBIDAMENTE, establezca, ordene ó que por omisión facilite ó conduzca a la parálisis de CUALQUIER ACCIÓN DE JUSTICIA, inhibiendo mediante cualquier forma explícita ó implícita, escrita, oral, ó simplemente informal aún por ORDEN VERBAL, Encubierta, Subrepticia ó camuflada, lo que las convierte en todos y cada uno de los casos en “ CRÍMENES DE OBEDIENCIA “ por el sólo hecho de NO PERMITIR el INICIO de JUICIOS LEGALES, ó que, la sola paralización de SENTENCIAS JUDICIALES conduzcan a cualquier SITUACIÓN DE INJUSTICIA.
Independientemente de las medidas que se deban instrumentar sobre toda la “Cadena de Autoridad”, legítima ó ilegítimamente constituída, y que alcance a los 3 (tres ) Poderes de UN ESTADO, y a todos los Funcionarios de Gobierno que se determinen responsables, ya que la aceptación de órdenes que generen directa, indirecta y /o encubiertamente la acumulación de poderes a través de la SUMATORIA DEL PODER PÚBLICO constituye un MONOPOLIO DE PODER que automáticamente destruye el ESTADO DE AUTORIDAD convirtiéndolo en una TIRANÍA ILEGAL DISFRAZADA( ... ) con la tipificación de ASOCIACIÓN ILÍCITA CALIFICADA
que asesina una REPÚBLICA, violando la INDEPENDENCIA de sus PODERES
lo cual no sólo también constituye UN CRÍMEN DE OBEDIENCIA, sino que la CONVIERTE en UN GENOCIDIO ECONÓMICO !
Cabe destacar, que LA SUMATORIA DEL PODER PÚBLICO y consecuentemente la destrucción del ESTADO DE DERECHO que da también la INDEPENDENCIA DE PODERES puede tener sólo 2 (dos) mandantes posibles ( Autores Intelectuales ) que ejercieron LA AUTORIDAD de IMPARTIR LAS ÓRDENES ILEGALES :
A.- UNA ASOCIACIÓN ILÍCITA CALIFICADA que posee formato de MAFIA ó
B.- UNA OPERACIÓN ENCUBIERTA INTERNACIONAL dada por algún poder
Que para poder emitir semejante nivel de órdenes tiene que ser UNA POTENCIA
CON AUTORIDAD TRANSNACIONAL, lo que lo convierte en :”
OTRO CRÍMEN DE OBEDIENCIA
Por intromisión en asuntos internos de otro país, que ES y DEBE SER SOBERANO. (lo que la comunidad internacional conoce como espionaje ) .
Facultándonos en consecuencia a recurrir a tribunales Internacionales, Organismos de Derechos Humanos, la ONU, La CONVENCIÓN DE GINEBRA y de ser necesario ante la misma Corte Internacional de Justicia.
Pudiendo mostrar un solo ejemplo, que grafican perfectamente las mundialmente conocidas películas :
“ PELIGRO INMINENTE “
ó “ MAREA ROJA “
ambas con famosos actores de prestigio y a su vez DE GRAN ACTUALIDAD y REALIDAD.
Es importantísimo destacar que así como los portadores de autoridad tienen el DERECHO de dar órdenes, las autoridades
Tienen al mismo tiempo EL DEBER de RESPONSABILIZARSE por las consecuencias de las acciones
que han ordenado.
Alcanza esto tanto a la autoridad como al subordinado, si la órden fué ilegal ó INMORAL.
Finalmente, suscribimos los Fundamentos Bíblicos del Judaísmo
Con toda su Historia, hechos y realidades. A este respecto, sin duda, cuando hay un conflicto entre las órdenes de un rey y las de DIOS, PREVALECE el deber de OBEDECER A DIOS por ser la autoridad SUPERIOR, sin importar las consecuencias (porque lo manda DIOS que además es UNIVERSAL ).
Por esto, los mandatos reales ó de gobierno ( cualquiera que éstos sean ) que Violan LOS 10 MANDAMIENTOS de DIOS son considerados por el JUDAÍSMO y por el CRISTIANISMO como ILEGÍTIMOS
“ Ipso-facto”.
Importante es destacar que dentro del concepto que corresponde al factor religioso en la JUSTIFICACIÓN de la DESOBEDIENCIA a la AUTORIDAD, dentro de la misma Iglesia,había limitaciones teóricas como prácticas contra la arbitrariedad...incluso el propio Papa Inocencio IV (1243-1254),
Uno de los papas más autoritarios, admitía la posibilidad de desobedecer a un Papa en caso de que éste exigiera algo injusto. Habiendo sentado precedentes de envergadura con normas que apoyan la desobediencia y que tienen sus raíces en la tradición judeocristiana.
Por lo cual, este PIJI-PROGRAMA de INTELIGENCIA JURÍDICA INTERNACIONAL considera como CRÍMENES DE OBEDIENCIA a la siguiente definición :
Considerándose un Crímen de Obediencia a todo acto ejecutado como respuesta a órdenes de cualquier autoridad, considerado por cualquier comunidad en general como ILEGAL ó INMORAL.
Definición que en absoluto debe considerársela como limitativa, sino simplemente enunciativa, pudiendo incorporársele todo conocimiento ó realidad no desripta en el presente.
Deseamos agregar un dicho del prestigioso MARIO VARGAS LLOSA que dice :
“ La grandeza trágica del destino humano está quizás en esta paradójica situación que no le deja al hombre otra escapatoria que la lucha contra la injusticia, no para acabar con ella sino para que ella no acabe con él “ .
Consecuentemente, queda implementado el Registro de Propiedad Intelectual que marca la ley 17.531 y que es de alcance y cobertura internacional.
Junto con todos los conceptos enunciados precedentemente y que integran “ in-totum “ el presente registro, se acompaña un listado de ítems , siglas y direcciones de correo electrónico que conceptualizan y sintetizan también la estructura del :
PIJI-PROGRAMA de INTELIGENCIA JURÍDICA INTERNACIONAL
Debiendo considerarse también los mismos como parte integrante del presente programa y registro.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los siete días del mes de marzo del año 2002 se firman 3 ejemplares de 9 páginas cada uno, de un mismo tenor y a un sólo efecto. CONSTE y lo firman :
HUGO FEDERICO MACIEL MAGGIORA
Autor, Fundador & CHAIRMAN